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»Cuando dos hermanos vivan juntos, y uno de ellos llega a morir sin haber procreado hijos, la viuda no podrá casarse con alguien ajeno a la familia, sino que su cuñado la tomará por esposa, se allegará a ella, y cumplirá con ella su deber de cuñado. El primer hijo que ella dé a luz recibirá el nombre del hermano muerto, para que su nombre no sea borrado de Israel.(A)

»Si el hermano del muerto no quiere tomar a su cuñada por esposa, ésta irá a la entrada de la ciudad y les dirá a los ancianos: “Mi cuñado no quiere perpetuar en Israel el nombre de su hermano. No quiere cumplir conmigo su deber de cuñado.”

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